Artículo 153 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras

Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar

El Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Interior y Población, reglamentará a iniciativa del Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia, todo lo relacionado con las medidas de protección a que se refiere en la presente Sección.