Artículo 147-E del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
Si como resultado de la investigación se establece que el niño o niña a sido víctima de un delito, el Instituto hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA) testimoniará las actuaciones y las remitirá al Ministerio Público a efecto de promoverse las diligencias necesarias para sancionar al (a) responsable.