Artículo 45 del Código Tributario de Honduras
Código Tributario · Decreto 170-2016
RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA DE LOS ADQUIRENTES. Las personas naturales o jurídicas adquirentes de bienes afectos por Ley al pago de tributos, son responsables subsidiarios de la deuda tributaria o aduanera, hasta por el importe del valor que adeuden los bienes que adquieran.