Leyteca

Artículo 315 del Código Procesal Penal de Honduras

Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E

Delito cometido durante la audiencia. Si durante la audiencia se comete un delito de acción pública, el Tribunal de Sentencia ordenará la inmediata detención del presunto culpable y lo entregará a la Policía Nacional, junto con los antecedentes necesarios, para que proceda como corresponda. De todo lo ocurrido se dejará constancia en el acta correspondiente.