Artículo 391 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
CAUCIÓN PARA IMPEDIR LA PRÁCTICA DE LA MEDIDA CAUTELAR.
1. En el escrito de oposición, podrá el demandado ofrecer caución para garantizar los eventuales perjuicios que puedan derivarse del levantamiento de la medida y para garantizar el efectivo cumplimiento de la sentencia estimatoria que se dictare.
2. El juez decidirá sobre la forma y cuantía de la caución, atendidas las circunstancias concretas del caso, siendo de aplicación lo establecido sobre régimen de la caución en este título.