Artículo 93 del Código Penal de Honduras
Código Penal · Decreto 130-2017
SOMETIMIENTO A PROGRAMAS DE TIPO FORMATIVO. El Órgano Jurisdiccional competente puede imponer la medida de sometimiento a programas de tipo formativo, cultural, educativo-profesional, de educación sexual u otros similares, por un tiempo de hasta cinco (5) años, siempre que estén relacionados con la peligrosidad criminal del sujeto. En ningún caso el contenido de la medida puede atentar contra la dignidad del reo.