Artículo 341 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
COSTAS. El régimen de condena en costas aplicable a la recusación de los peritos será el mismo previsto para la recusación de jueces y magistrados.
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COSTAS. El régimen de condena en costas aplicable a la recusación de los peritos será el mismo previsto para la recusación de jueces y magistrados.