Artículo 69 del Código Penal de Honduras
Código Penal · Decreto 130-2017
AUMENTO O DISMINUCIÓN EN FRACCIONES DE LA PENA. La extensión de la pena aumentada o disminuida en fracciones a la prevista por la Ley, se fija atendiendo a las reglas siguientes:
1) La pena aumentada en una fracción determinada, se forma partiendo de la cifra máxima señalada en la Ley para el delito de que se trate aumentando la fracción correspondiente, constituyendo la suma resultante su límite máximo. El límite mínimo de la pena aumentada en una fracción determinada será el máximo de la pena señalada por la Ley para el delito de que se trate; y,
2) La pena disminuida en una fracción determinada se forma partiendo de la cifra mínima señalada por la Ley en el delito de que se trate y disminuyendo la fracción correspondiente, constituyendo el resultado de esta deducción su límite mínimo. El límite máximo de la pena disminuida en una fracción determinada será el mínimo de la pena señalada por la Ley para el delito de que se trate.