Artículo 235 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

PRIVACIÓN ILEGAL DE LIBERTAD. Quien, sin causa legal, priva a una persona de su libertad ambulatoria debe ser castigado con la pena de cinco (5) a siete (7) años de prisión y prohibición de residencia por el doble de tiempo de la condena.