Artículo 222 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
El Juez fijará el plazo de Suspensión del Proceso a Prueba, el cual no podrá ser inferior a seis (6) meses ni mayor a un (1) año, asimismo, determinará la imposición de una o varias reglas de cumplimiento, entre ellas las siguientes:
a) Residir en un lugar determinado;
b) Frecuentar o dejar de frecuentar determinados lugares o personas;
c) Abstenerse de consumir drogas, otros estupefacientes o bebidas alcohólicas;
d) Participar en programas especiales para la prevención y tratamiento de las adicciones;
e) Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la ha cumplido, en el lugar o la institución que determine el Juez;
f) Prestar servicio social comunitario a favor del Estado o de instituciones públicas de servicio;
g) Someterse a tratamiento médico o psicológico, de preferencia en instituciones públicas;
h) Permanecer en un trabajo o empleo, o adquirir, en el plazo que el Juez determine, el entrenamiento en un oficio, industria o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia:
i) Someterse a la vigilancia que determine el Juez;
j) No conducir vehículos automotores o de otra índole;
k) Abstenerse de viajar al extranjero; y,
l) Cumplir con los deberes de deudor alimentario. Cuando se acredite plenamente que el Niño (a) no puede cumplir con alguna de las reglas anteriores, por ser contrarias a su salud, sus creencias religiosas o alguna otra causa de especial relevancia, el Juez podrá sustituirlas fundada y motivadamente, por el cumplimiento de otra u otras análogas que resulten razonables. El Juez prevendrá a el Niño (a) sobre las reglas de conducta impuestas y las consecuencias de su inobservancia. Contra la resolución que deniegue la suspensión del proceso a prueba, procederá el Recurso de Apelación. La resolución que admita esta figura, sólo será aplicable, cuando las reglas fijadas resulten manifiestamente excesivas o que el Juez se haya excedido en sus facultades. En ningún caso el Juez podrá imponer reglas más gravosas que las solicitadas por el Fiscal.