Artículo 90 de la Ley de Tránsito de Honduras

Ley de Tránsito · Decreto 205-2005

Las personas que transiten por las vías públicas, además de las precauciones naturales que deben observar, están en la obligación de respetar las señales de tránsito y atender las indicaciones o requerimientos que les hagan las autoridades policiales.