Artículo 54de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Los recursos del Instituto estarán constituidos por:
1) Las cotizaciones pagadas por patronos y trabajadores incluyendo las que pague El Gobirno en su carácter de patrono de los funcionarios y empleados públicos;
2) Las cotizaciones pagadas por las entidades descentralizadas, desconcentradas, autónomas y semiautónomas, incluyendo las municipalidades en su condición de patronos;
3) Las utilidades de las inversiones;
4) El producto de las multas y recargos establecidos por esta Ley y su reglamento;
5) Los bienes muebles e inmuebles y recursos que por otras disposiciones legales se generen a favor del Instituto;
6) Las herencias legados y donaciones a favor del Instituto; y,
7) Subvención o subsidios y aportes que otorgare el Estado.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 54 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-54/