Artículo 99de la Ley Electoral de Honduras
TÍTULO IV SISTEMAS, INSTRUMENTOS Y MECANISMOS · CAPÍTULO V VOTO DOMICILIARIO Y ACTUALIZACIÓN DOMICILIARIA
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DOMICILIARIA. El ciudadano que cambie su domicilio electoral debe comparecer ante el Registrador Civil Municipal o a las oficinas que para tal efecto habilite el Consejo Nacional Electoral (CNE), notificando su nueva residencia para que se le actualice su domicilio electoral, declarando bajo juramento los datos que deben consignarse en el formulario de actualización domiciliaria debiendo firmarlo y estampar las huellas dactilares de sus dedos índices. Cuando la actualización domiciliaria se realice ante los Registros Civiles Municipales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) puede ejercer las medidas de control que considere oportunas a efecto de garantizar la transparencia del proceso de la actualización domiciliaria y auxiliar a los funcionarios del Registro Nacional de las Personas (RNP) en el desarrollo de esta actividad. Ningún funcionario o empleado de las oficinas habilitadas al efecto por el Consejo Nacional Electoral (CNE) o de los Registros Civiles Municipales, según sea el caso, puede negarse a darle trámite a la solicitud de actualización domiciliaria, salvo que el peticionario no cumpla con los requisitos que establece esta Ley. Se prohíbe realizar actualizaciones de domicilio de oficio. El funcionario o empleado que incumpliere lo dispuesto en este Artículo incurre en responsabilidad de acuerdo a la Ley.
Ubicar en la ley
TÍTULO IV SISTEMAS, INSTRUMENTOS Y MECANISMOS · CAPÍTULO V VOTO DOMICILIARIO Y ACTUALIZACIÓN DOMICILIARIA
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley Electoral · Decreto 35-2021
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), Decreto 35-2021
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 99 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-99/