Leyteca

Artículo 88 del Código Tributario de Honduras

Código Tributario · Decreto 170-2016

NOTIFICACIONES.

1) Se debe notificar a los interesados las resoluciones y actuaciones que afecten o favorezcan los derechos e intereses del obligado tributario;

2) Toda notificación debe contener:

a) El texto íntegro de la resolución o la descripción de la actuación en materia tributaria o aduanera;

b) La indicación si la resolución es o no definitiva, en la vía administrativa;

c) La expresión de los recursos que procedan para las resoluciones y la base legal para las actuaciones en materia tributaria o aduanera; y,

d) El órgano ante el que deben de presentarse los recursos que procedan a las resoluciones y el plazo para interponerlos. En las notificaciones no es admisible ni debe consignarse respuesta alguna del interesado, a no ser que así se hubiera mandado.

3) Las notificaciones defectuosas surtirán efecto a partir de la fecha en que se haga la manifestación expresa de tal sentido por el notificado o se interponga el recurso procedente siempre y cuando la misma cumpla con el requisito establecido en el literal a) del numeral anterior. En caso de omisión del referido requisito, la notificación es anulable de pleno derecho, pudiendo rectificarse de oficio o a petición de parte. Los incidentes que se susciten en los procedimientos que se refieren a la nulidad de actuaciones, salvo en los casos en que dicho incidente se refiera a la omisión del literal a) del numeral anterior no suspenderá el curso del procedimiento;

4) Las notificaciones se deben practicar por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el Obligado Tributario, Representante Legal o Procesal o apoderado legal, o cualquier empleado, así como de la fecha, la identidad del notificado y el contenido de la resolución o actuación tributaria puesta en conocimiento. De la notificación se debe dejar constancia en el expediente; y,

5) Los plazos deben empezar a correr a partir del día hábil siguiente al que se tenga por realizada la notificación, independientemente del medio utilizado.