Artículo 210 del Código Tributario de Honduras

Código Tributario · Decreto 170-2016

REGLAMENTO BUZÓN ELECTRÓNICO. La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) con la asistencia de la Administración Tributaria y la Administración Aduanera, y con fundamento en el Artículo 22 numeral 11) de la Ley General de la Administración Pública, propondrán para aprobación el proyecto de Reglamento que regulará todo lo concerniente al buzón electrónico, para la aprobación del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.