Artículo 654 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Si la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social considera que el desarrollo de la industria en general hace innecesario representar cada una de su distintas ramas, las Juntas se integrarán con un (1) representante del Gobierno, Presidente de la Junta y hasta tres (3) de los trabajadores y tres (3) de los patronos.