Artículo 631 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Los colaboradores técnicos y los supervisores deberán producir los informes periódicos que disponga la Inspección General de Trabajo.
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Los colaboradores técnicos y los supervisores deberán producir los informes periódicos que disponga la Inspección General de Trabajo.