Artículo 610 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
La Inspección General del Trabajo, por medio de su cuerpo de inspectores y de visitadoras sociales, debe velar por que patronos y trabajadores cumplan y respeten todas las disposiciones legales relativas al trabajo y a previsión social. En lo referente a la Ley Orgánica del Instituto Hondureño de Seguridad Social y sus reglamentos, debe prestar el auxilio y la colaboración que le soliciten los Inspectores al servicio de este último.