Artículo 521 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
El Tesorero de todo sindicato debe prestar a favor de éste una caución para garantizar el manejo de los fondos. La cuantía y forma de la misma serán señaladas por la Asamblea General, y una copia del documento en que será depositada en la Dirección General del Trabajo.