Artículo 482 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Recibida la solicitud por la Dirección General del Trabajo, está dispondrá de un término máximo de quince (15) días para revisar la documentación acompañada, examinar los estatutos, formular a los interesados las observaciones pertinentes y elevar a la Secretaría respectiva el informe del caso, para los efectos consiguientes .