Artículo 440-I del Código Procesal Penal de Honduras
Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E
Recursos. En contra de la sentencia dictada en este procedimiento procederá el recurso de apelación conforme a las reglas establecidas en este Código. En este recurso podrá solicitarse el examen de la decisión judicial respecto a las recusaciones, excepciones o nulidades que se hayan resuelto en la audiencia de preparación.