Leyteca

Artículo 415 del Código Procesal Penal de Honduras

Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E

La Corte Suprema de Justicia conocerá del requerimiento, acusación o querella que promueva la autoridad competente o la víctima en su caso contra las personas a que se refiere el artículo anterior, debiendo acompañarse los documentos en que se funde, y si no es posible su presentación, se indicará el lugar o la oficina en que se encuentren para los efectos investigativos pertinentes.

Notas de reforma de la fuente

Texto de la nota, tal como aparece en el PDF oficial (CEDIJ).