Artículo 271 del Código Procesal Penal de Honduras
Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E
Responsabilidad por denuncias falsas. La persona denunciante será advertida de los casos constitutivos de delito de denuncia falsa y de las penas establecidas para él por el Código Penal. Si hubiere lugar a proceder por posible comisión de este delito, la persona ofendida tendrá derecho a que se le suministre las menciones de identidad de la persona denunciante.