Artículo 823 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DEL EMBARGO. Tanto el ejecutante como el ejecutado podrán pedir la ampliación, reducción o modificación del embargo cuando el cambio de las circunstancias permita dudar de la suficiencia de los bienes afectos a la ejecución, o exceda de lo necesario para hacer frente a la obligación, o cuando las circunstancias del embargo puedan cambiar sin riesgo para el éxito de la ejecución.