Artículo 631 del Código Procesal Civil de Honduras

Código Procesal Civil · sin verificar

REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LAS PARTES.

1. Las partes actuarán en los procesos a que se refiere este título con asistencia y representación de profesional del derecho particular o de la defensa pública.

2. En los procedimientos de separación y en los de divorcio solicitado de común acuerdo por los cónyuges, éstos podrán valerse de una sola defensa y representación.