Artículo 155 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
EXAMEN DE LOS EXPEDIENTES. Las partes y los Profesionales del Derecho que les asistan y representen pueden examinar los expedientes judiciales en el local en que se conservan, pudiendo tomar nota de su contenido, escuchar y visionar las grabaciones, y examinar las pruebas.