Leyteca

Artículo 460 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

TRÁFICO DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD FALSOS. Quien sin haber intervenido en su falsificación, trafica de cualquier modo con documentos de identidad falsos, debe ser castigado con las mismas penas señaladas en el Artículo 456 del presente Código.