Artículo 421 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

ATENUANTES ESPECÍFICAS. El Órgano Jurisdiccional competente, en atención a la menor cuantía del beneficio o valor de la ventaja y la escasa trascendencia de la posición y funciones del culpable en la organización, podrá imponer las penas que correspondan reducidas en un tercio (1/3).