Leyteca

Artículo 215 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras

Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar

El Ministerio Público, la Defensa Pública, la Policía Nacional y otros funcionarios intervinientes en el Proceso, tendrán en materia de la Jurisdicción Especial de la Niñez Infractora de la Ley, los deberes, facultades y atribuciones que, en este Título, en el Código Procesal Penal, y en sus regulaciones propias se disponga.

Notas de reforma de la fuente

Texto de la nota, tal como aparece en el PDF oficial (CEDIJ).