Leyteca

Artículo 204 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras

Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar

La Privación de Libertad en un Centro estatal Especializado o certificado por el Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA), es de carácter excepcional, podrá ser aplicada cuando:

a) Se trate de una conducta realizada mediante grave amenaza o violencia hacia las personas, la vida, la libertad individual, la libertad sexual, robo agravado y tráfico de estupefacientes; y,

b) Se trate de delitos dolosos y graves, sancionados por la Ley, con una pena mínima superior a ocho (8) años.

Notas de reforma de la fuente

Texto de la nota, tal como aparece en el PDF oficial (CEDIJ).