Artículo 164 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
El maltrato por Supresión implica todo aquel trato, disimulado o no, como medidas disciplinarias o correctivas, que tiendan a negar al niño o niña el goce de sus derechos. Este maltrato comprende toda supresión o discriminación que conlleve perjuicio al niño o niña, incluida la exclusión del hogar y la negación del goce y ejercicio de sus libertades; el derecho a la asistencia familiar, a la atención médica y a los medicamentos que requiera, el acceso a un ambiente infantil y a actividades y áreas recreativas o a recibir visitas de otros niños o niñas respecto de los cuales no hay justa causa para considerarlas perjudiciales.