Artículo 2315 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
Las servidumbres también se harán constar al margen de la inscripción de propiedad del predio dominante y del sirviente.
Código Civil · Decreto 76-1906
Las servidumbres también se harán constar al margen de la inscripción de propiedad del predio dominante y del sirviente.