Artículo 1742 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El desahucio en los casos en que tenga lugar, deberá darse con anticipación de un período entero de los designados por la convención o la ley para el pago de la renta.
Código Civil · Decreto 76-1906
El desahucio en los casos en que tenga lugar, deberá darse con anticipación de un período entero de los designados por la convención o la ley para el pago de la renta.