Artículo 83 de la Ley de Tránsito de Honduras

Ley de Tránsito · Decreto 205-2005

Corresponde a las alcaldías municipales en el área de su competencia, la instalación y mantenimiento de la señalización del Tránsito en

zonas urbanas; a la Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), en las carreteras, autopistas y zona rural.