Artículo 74 de la Ley de Tránsito de Honduras
Ley de Tránsito · Decreto 205-2005
Es prohibido adelantar o rebasar cualquier vehículo que se hubiere detenido ante una zona de paso de peatones demarcado o no; o por una señal vertical de “ALTO”, o “CEDA EL PASO”.
Tampoco es permitido el adelantamiento en casos de una fila sucesiva de vehículos, y el conductor debe mantener su posición dentro de la fila de acuerdo a su llegada.