Artículo 312de la Ley Electoral de Honduras
TÍTULO IX ACCIONES ADMINISTRATIVAS PARA RECLAMOS ELECTORALES · CAPÍTULO III DENUNCIAS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
DOCUMENTOS PÚBLICOS Los documentos del Consejo Nacional Electoral (CNE), así como los que estos determinen reglamentariamente, son públicos. Cualquier ciudadano puede pedir certificación o tomar nota de ellos. Lo anterior sin perjuicio de la obligación del Consejo Nacional Electoral (CNE) de cumplir con sus obligaciones establecidas en la Ley de Acceso a la Información Pública.
Ubicar en la ley
TÍTULO IX ACCIONES ADMINISTRATIVAS PARA RECLAMOS ELECTORALES · CAPÍTULO III DENUNCIAS
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley Electoral · Decreto 35-2021
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), Decreto 35-2021
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 312 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-312/