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Artículo 20de la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados de Honduras

TÍTULO II MATERIALES RELACIONADOS · CAPÍTULO II CLASIFICACIÓN DE MATERIAL DE USO CONTROLADO

Texto del PDF oficial, descargado el 18 de octubre de 2026.

CLASIFICACIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS. Las armas de fuego, municiones, explosivos y material relacionado conforme a sus restricciones o posibilidades de uso, se clasifican en:

1) Las de uso exclusivo de las instituciones del Estado en las áreas de Defensa, Seguridad y otras autoridades facultadas; y,

2) Las de uso permitido para personas particulares au- torizadas.

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Artículo 20 de la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados de Honduras. Decreto 101-2018. Texto según TSC (La Gaceta n.º 34,866, 8-feb-2019), descargado el 18 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-armas/articulo-20/

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