Artículo 862 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Prescripción es un medio de librarse de una obligación impuesta por el presente Código o sea consecuencia de la aplicación del mismo, mediante el transcurso de cierto tiempo y en las condiciones que determina este Capítulo. El derecho de prescripción es irrenunciable, pero puede renunciarse la prescripción ya consumada, sea expresamente, de palabra o por escrito, o tácitamente por hechos indudables.