Artículo 796 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

Para ser Mediador, se requiere:

1. Ser hondureño mayor de veinticinco (25) años y de notaria honorabilidad; y,

2. Tener instrucción suficiente, conocimiento de los problemas laborales de la religión y reunir condiciones personales que lo hagan digno de la confianza de patronos trabajadores.