Artículo 777 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Expirado el término para solicitar audiencia, practicarla está sin que haya sido proferido el fallo, los autos pasarán al ponente para que dentro de los veinte (20) días formule el proyecto de sentencia que dictará el Tribunal dentro de los quince días siguientes.