Artículo 733 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
Cuando se presenten graves y fundados motivos o para aclarar hechos dudosos, el Juez podrá decretar inspección ocular, siempre que tal diligencia pueda cumplirse sin grave daño para las partes o los terceros, y sin obligarlos a violar secretos profesionales comerciales o artísticos. Para lograr la verificación de la prueba, el Juez podrá valerse de los apremios legales.