Artículo 666 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

En materia de trabajo la justicia se administra por:

a) Los Juzgados de Letras de Trabajo, como Juzgados de primera o única instancia;

b) Las Cortes de Apelaciones de Trabajo, como Tribunales de segunda instancia, cuando se establezcan; y.

c) La Corte Suprema de Justicia, como tribunal de casación.