Artículo 666 del Código del Trabajo de Honduras
Código del Trabajo · Decreto 189-59
En materia de trabajo la justicia se administra por:
a) Los Juzgados de Letras de Trabajo, como Juzgados de primera o única instancia;
b) Las Cortes de Apelaciones de Trabajo, como Tribunales de segunda instancia, cuando se establezcan; y.
c) La Corte Suprema de Justicia, como tribunal de casación.