Artículo 603 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

Los Jefes de Sección serán directamente responsables del orden y disciplina en sus respectivas secciones y del orden y exactitud en los archivos y del despacho de asuntos. Recabarán de sus superiores las instrucciones necesarias para el funcionamiento de instituirán debidamente al personal a sus ordenes acerca de los cometidos de la sección en general, y de cada uno en particular y distribuirán sus tareas. Darán cuenta a sus superiores de todo acto hecho que consideren irregular o importante, comprometiendo su responsabilidad en caso de no hacerlo.