Artículo 23 del Código Procesal Penal de Honduras

Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E

Instructivos. La Corte Suprema de Justicia dictará los instructivos que sean necesarios para la aplicación de este Código, sin que en ningún caso puedan contravenir, disminuir, restringir o tergiversar lo dispuesto en la Constitución de la República, los tratados de los cuales Honduras forma parte, este Código y demás leyes.