Artículo 365 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
EMBARGO DE BIENES MUEBLES, UNIDADES DE PRODUCCIÓN O DE COMERCIO Y DE EMPRESAS.
1. Pueden embargarse los bienes muebles que se encuentren dentro de una empresa, cuando esta medida no afecte el normal desenvolvimiento de la misma.
2. Asimismo podrá decretarse el embargo de una unidad de producción o de comercio conforme a lo establecido en el artículo 647 del Código de Comercio.