Artículo 299 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
PREGUNTAS GENERALES AL TESTIGO.
1. El tribunal preguntará a todos los testigos sin excepción antes de comenzar su interrogatorio:
a) Su nombre, apellidos, edad, estado, profesión u oficio, domicilio y nacionalidad.
b) Si ha sido o es cónyuge, pariente por consanguinidad o afinidad, y en qué grado, de alguno de los litigantes, o de los profesionales del derecho que les defiendan, o se halla ligado a éstos por vínculos de adopción, tutela o análogos.
c) Si es o ha sido dependiente o está o ha estado al servicio de la parte que lo haya propuesto o del profesional del derecho que le defienda, o ha tenido o tiene con ellos alguna relación susceptible de provocar intereses comunes o contrapuestos.
d) Si tiene interés directo o indirecto en el asunto o en otro semejante.
e) Si es amigo íntimo o enemigo de alguno de los litigantes o de los profesionales del derecho que les defiendan y representen.
f) Si ha sido condenado alguna vez por falso testimonio.
2. En vista de las respuestas del testigo a las preguntas del numeral anterior, las partes podrán manifestar la existencia de circunstancias relativas a su imparcialidad. El juez o
tribunal podrá interrogar al testigo sobre esas circunstancias y hará que las preguntas y respuestas se consignen en acta.