Artículo 519 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

FALSO TESTIMONIO. El testigo que en causa judicial falta a la verdad en su testimonio, debe ser castigado con la pena de prisión de cinco (5) a siete (7) años y multa de cien (100) a cuatrocientos (400) días. Con las mismas penas e inhabilitación especial de profesión, oficio, comercio o industria por tiempo de cinco (5) a diez (10) años, deben ser castigados los peritos, intérpretes, traductores y consultores técnicos que cometieren falso testimonio.