Leyteca

Artículo 330 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

DAÑOS A ESPECIES AMENAZADAS. Quien con infracción de lo dispuesto en la legislación protectora de las especies y hábitats destruye, recolecta, captura o comercializa especímenes de flora o fauna amenazada o, trafica ilegalmente con ellos o con sus restos, de forma que ponga en peligro el estado de conservación de la especie afectada, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a tres (3) años y multa de cincuenta (50) a trescientos (300) días.