Artículo 206 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA. El profesional que estando obligado a ello deniega asistencia sanitaria o abandona los servicios sanitarios, cuando de la denegación o abandono se deriva riesgo grave para la salud de las personas, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a un (1) año e inhabilitación especial para cargo u oficio público de seis (6) meses a tres (3) años.