Artículo 141 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras

Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar

Un niño o niña se encuentra en situación de abandono cuando:

a) Fuere abandonado en lugares públicos;

b) Falten en forma absoluta las personas que conforme la ley, tienen el cuidado personal de su crianza y educación; y

c) No sea reclamado por sus padres o representantes legales, al ser dado de alta, en establecimientos hospitalarios o de asistencia social.